Votación remota en casos de emergencia, propone presidenta de San Lázaro

El proyecto señala que la operación de la asistencia y votaciones remotas estaría anclada en las condiciones que marquen la ley y los reglamentos.

Proponen el registro de asistencia y votación remota de los legisladores en casos excepcionales
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La presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, Laura Rojas, presentó iniciativa de reforma constitucional que prevé el registro de asistencia y votación remota de los legisladores en casos excepcionales.

Los cambios al artículo 63 de la Carta Magna señalan que en ocasiones emergentes, cuando los congresistas no puedan reunirse físicamente en las sedes parlamentarias, por causas de protección civil, sanitarias o de otra índole no prevista y deban emitir votaciones con urgencia o por mandato inaplazable, podrán hacerlo a través de instrumentos que permitan llevar a cabo sesiones plenarias, registro y votaciones remotas.

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El proyecto firmado por la también presidenta del Congreso de la Unión señala que la operación de la asistencia y votaciones remotas estaría anclada en las condiciones que marquen la ley y los reglamentos.

Los temas por desahogar bajo esta modalidad de manera extraordinaria serán establecidos en acuerdo aprobado de manera conjunta por los órganos de gobierno de cada Cámara del Congreso.

"De manera excepcional por razones de protección civil o contingencia sanitaria o cualquier otra situación que impida la presencia física de las y los legisladores para utilizar los recintos legislativos, éstos podrán sesionar y en su caso discutir y votar de manera remota, previo acuerdo de sus órganos de gobierno. La ley del Congreso y sus respectivos reglamentos establecerán los procesos y mecanismos para que se desarrolle de manera eficaz y segura dicha votación", apunta.

En artículos transitorios, señala que cada Cámara, a través de su presidencia y Secretaría de Servicios Generales implementarán dentro de los cinco días siguientes a la entrada en vigor del decreto, el diseño y operación del instrumento tecnológico para registrar y emitir la asistencia y votación remotas.

Dicho mecanismo deberá cumplir las características que permitan su funcionamiento bajo condiciones de certeza y fiabilidad; además de que quedarán establecidas en la Ley del Congreso y los respectivos reglamentos. El documento aparece publicado en la Gaceta Parlamentaria de San Lázaro.

La reforma, en caso de avanzar en la Cámara de Diputados, el Senado y los congresos de los estados, podría aplicar no sólo en caso de contingencias sanitarias como la que enfrenta el país y el mundo por el coronavirus Covid-19, sino de bloqueo al recinto parlamentario, como ocurrió en la discusión del presupuesto 2020, y la contrarreforma educativa impulsada por la presente administración.