La Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados, se reunió este jueves 19 de marzo, para aprobar el proyecto de dictamen de reforma a los artículos 108 y 111 de la Constitución, en materia de fuero presidencial.
El proyecto enviado por el Presidente de la República y que amplía los delitos por los cuales puede ser denunciado y acusado el jefe del Ejecutivo, se aprobó con votación de 19 a favor y una abstención.
*Información relacionada: Cámara de Diputados suspenderá sesiones el 20 de marzo
El proyecto fue turnado de inmediato a la Mesa Directiva de San Lázaro, que le dio el trámite de declaratoria de publicidad, por lo que se podría discutir en el Pleno en la siguiente sesión a la que se convoque, cuya fecha dependerá de las restricciones por el coronavirus.
Al respecto, la presidenta de la Comisión dictaminadora, Aleida Alavez, explicó el objetivo de la reforma que quedó estancada el año pasado, cuando la falta de acuerdo entre las fracciones parlamentarias y las cámaras del Congreso, agotó los plazos y supuestos parlamentarios para avalar el proyecto.
"Se establece con más precisión cuando sí puede ser procesado, o sea que no haya esa impunidad en la que hemos visto que los demás presidentes que han pasado se han envuelto o se han arropado, porque no pueden ser procesados más que por delitos como traición a la patria. Aquí ya se le contempla cualquier delito y esto es en la lógica de que se entienda que el Presidente no tiene por qué ser tratado como un ciudadano de otra categoría", dijo Alavez Ruiz.
Los delitos por los que podrá ser acusado y juzgado el Jefe del ejecutivo, serán hechos de corrupción, delitos electorales y el resto de las faltas legales por las que podría ser imputado cualquier otro ciudadano "común".
El documento indica que el Presidente solo podrá ser acusado ante la Cámara de Senadores.