La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite la acción de inconstitucionalidad que interpusieron senadores del PAN, PRI, PRD y Movimiento Ciudadano, para impugnar el decreto por el que se abroga la Ley Orgánica de la Lotería Nacional para fusionarla con Pronósticos para la Asistencia Pública.
Con la publicación de dicho decreto en el Diario Oficial de la Federación (DOF), se eliminaron los obstáculos que impedían al presidente Andrés Manuel López Obrador llevar a cabo la rifa del avión presidencial.
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El 27 de noviembre del 2019, el pleno del Senado aprobó, con 96 votos a favor, cero en contra y ocho abstenciones, la abrogación de la Ley Orgánica de la Lotería Nacional, misma que fue publicada el 14 de enero de 1985, para fusionarla con Pronósticos para la Asistencia Pública, organismo que cuenta con la facultad para celebrar concursos en los que se pueden entregar premios en especie.
El decreto fue publicado el 14 de enero de este año y en el artículo tercero transitorio establece que todos los sorteos y concursos, que hasta antes de la entrada en vigor del Decreto realizaba la Lotería Nacional, serán organizados por Pronósticos para la Asistencia Pública.
El Alto Tribunal ordenó a las Cámaras de Diputados y de Senadores enviar copia certificada de los antecedentes legislativos del decreto impugnado, incluyendo, las iniciativas, los dictámenes de las comisiones correspondientes, las actas de las sesiones en las que se haya aprobado y en las que conste la votación de los integrantes de ese órgano legislativo, así como los respectivos diarios de debates, entre otros.
Mientras que el titular del Ejecutivo federal deberá remitir un ejemplar del Diario Oficial de la Federación en el que conste la publicación del decreto impugnado, apercibidos que, de no cumplir con lo anterior, se les aplicará una multa.