Al no alcanzar la mayoría de ocho votos que se requieren para declarar la invalidez de una norma; la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desestimó la acción de inconstitucionalidad que promovió la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) en contra del artículo 36, fracción II inciso H, de la Ley que Regula el Uso de la Fuerza de Baja California, en la que se clasifica como información reservada las grabaciones de audio y video de los operativos policiacos que se realicen en esa entidad.
Al presentar su proyecto, el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena planteó decretar la inconstitucionalidad de dicho precepto por ser contrario al derecho de los ciudadanos de acceso a la información.
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"Toda vez, que el precepto rompe con la regla de que la información en poder de cualquier autoridad será pública y sometida a un régimen limitado de excepciones, que sólo podrán responder a una justificación realizada, mediante la prueba de daño o de interés público preponderante que en la práctica se trata de una regla general, que no favorece el ejercicio del derecho ciudadano de acceso a la información".
Al hablar en contra del proyecto, el presidente de la Corte, Arturo Zaldívar refirió que el artículo impugnado no hace una reserva absoluta de la información, cuya difusión está sujeta a la Ley de Transparencia de la entidad.
"Si nosotros hacemos la revisión, que creo que se tiene que hacer, no me parece que se pueda invalidar una ley sin hacer un estudio sistémico, si tenemos un precepto que remite otra ley y nosotros la invalidamos sin analizar la ley a la que remite, me parece que es una inconsistencia interpretativa seria, porque no podemos invalidar leyes que tienen en principio presunción de constitucionalidad sin analizar si la remisión satisface el extremo que se está argumentando. Se dice: hay una reserva absoluta. Esto no es así".
Si bien el proyecto de Gutiérrez Ortiz Mena contaba con el apoyo de la mayoría del pleno del Alto Tribunal, luego de la intervención de Zaldívar Lelo de la Larrea los ministros Javier Lynez y Fernando Franco cambiaron el sentido de su voto, por lo que ya no se alcanzaron los ocho votos para declarar invalidez del artículo impugnado.
A su vez, la ministra Yasmín Esquivel justificó su voto en contra al argumentar que si se diera el acceso total a este tipo de grabaciones sin ninguna consideración previa, implicaría dejar en evidencia toda la logística y preparación de los cuerpos policiacos para combatir el crimen.