Por unanimidad de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó la disposición del INE para que en las Juntas Distritales no se contraten a capacitadores, asistentes y supervisores mayores de 60 años, al tratarse de grupos de riesgo de agravar si se contagian de la enfermedad por Covid-19.
En sesión virtual, los magistrados electorales consideraron que la decisión del INE es constitucional porque se busca "proteger la integridad de las personas en mayor estado de vulnerabilidad frente al virus", y será vigente "en tanto las autoridades de Salud determinen la conclusión de la emergencia por Covid-19".
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Además, señalaron que la medida prevista en la convocatoria del INE "está dirigida a un mandato constitucional, es decir protege el derecho a la salud establecido en el artículo 4 de la Constitución que pide privilegiar a la salud de los adultos mayores sobre el derecho de participación política".
Explicaron que la labor de los capacitadores, asistentes y supervisores electorales implica una interacción constante con la ciudadanía por lo que estarían en mayor grado de vulnerabilidad de contagios.
El pasado 19 de octubre el INE emitió la convocatoria para participar como supervisor electoral y capacitador o asistente, en el apartado seis prevé que los aspirantes no tengan 60 años o más al día de la jornada electoral, para proteger a ese sector de la población ante el coronavirus.