La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó frenar el acuerdo por el que se reforman diversas disposiciones de 18 leyes leyes, con las que se aprobó la desaparición de 109 fondos y fideicomisos, el cual se publicó el 6 de noviembre de este año en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
El ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena admitió a trámite la controversia constitucional que promovió el gobernador de Jalisco, Enrique Alfaro Ramírez, quien también impugnó todos los actos encaminados a la concentración de los recursos federales y a la extinción o terminación de los fideicomisos públicos.
*Información relacionada: SCJN declara inconstitucional artículo 29 de la Ley Orgánica de la Armada
Del mismo modo, el ministro admitió a trámite la acción de inconstitucionalidad que promovieron senadores de oposición. En ambos casos, le negó la suspensión al argumentar que se trata de normas generales emitidas por el Congreso, mismas que no pueden ser frenadas por la Corte durante el trámite de los juicios para revisarlas, según establece la Ley Reglamentaria del Artículo 105 de la Constitución.
Gutiérrez Ortiz Mena dio un plazo de 30 días hábiles, contados a partir del siguiente al que surta efectos la notificación, para que el Congreso de la Unión y el Poder Ejecutivo Federal, presenten su contestación y envíen copia certificada de los antecedentes legislativos del decreto impugnado y de un ejemplar del Diario Oficial de la Federación en donde conste su publicación, apercibidos que, de no cumplir con lo anterior, se les aplicará una multa.
Se espera que, en los próximos días, el ministro Alfredo Gutiérrez resuelva lo conducente respecto a las controversias que promovieron los gobiernos de Aguascalientes, Chihuahua, Guanajuato, Nuevo León y Tamaulipas.