La Cámara de Diputados avaló, con votación de 426 a favor, tres abstenciones y un voto en contra, una nueva Ley General de Población, que incluye la emisión del documento oficial y nacional de identidad, denominado Cédula Única de Identidad Digital.
La norma establece las bases de coordinación interinstitucional para formular la política de población e interculturalidad; garantizará el derecho a la entidad, regulará la operación del Registro Nacional de Población y del Servicio Nacional de Identificación Personal; definirá políticas de movilidad humana; y garantizará el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos.
En el caso particular de la Cédula de Identidad Digital, destacaron legisladores de la mayoría, incluirá datos biométricos relativos a las características físicas o fisiológicas de una persona.
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"Garantiza fehacientemente el derecho a la identidad de cada una de las personas que integran la población en México y no sólo de quienes cumplen ciertos requisitos. Por ello se plantea la creación de una Cédula Única de Identidad Digital, como documento nacional de tipo digital, que acredita de manera fehaciente el registro y la identidad de todas las personas, y constituye de forma primaria o fundacional un documento oficial de identificación ante todas las autoridades mexicanas, ya sea en el país o en el extranjero", planteó la presidenta de la Comisión de Gobernación de la Cámara, Rocío Barrera.
Apuntó que las nuevas disposiciones, no invaden ni suplen las facultades de otras instancias con autoridad para expedir credenciales cuyos fines son particulares, como el Instituto Nacional Electoral (INE), y las que emiten pasaportes o cédulas profesionales.
Manifestaron que en gobiernos anteriores, por "malas intenciones neoliberales" se hizo uso indebido y con fines de control político, de los datos de los ciudadanos.
"Pero la credencial de elector que expide el INE no garantiza el derecho constitucional a la identidad, empezando por los menores de edad, los mexicanos en el extranjero, las personas migrantes ni tampoco las personas que pierden sus derechos políticos electorales", planteó el diputado del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), Javier Hidalgo.
"Pero piensa mal y acertarás, dice el refrán, porque no fue casual que por una maldad neoliberal le hayan dado en 1992, la función de identificación oficial a la Credencial de Elector, desde un artículo transitorio, buscando claro, recuperar en aquel tiempo, el control político ahora a través del clientelismo electoral de los programas sociales", recriminó Hidalgo Ponce.
El proyecto será turnado al Senado de la República para su análisis y eventual aprobación.
La norma establece que la Secretaría de Gobernación (Segob) asignará la Clave Única de Registro de Población en modalidad temporal o permanente.
Deberá establecer los criterios para registrar los datos biométricos de las personas "a edad temprana", para que sean asociados a la Clave Única de Registro de Población.
La Clave deberá contener el nombre y apellidos de la persona; su género, respetando la identidad asumida por la persona; lugar de nacimiento, fecha de nacimiento; nacionalidad; y datos biométricos "en términos de lo que disponga para este fin el Reglamento y demás disposiciones aplicables".
La Cédula Única será el "documento fundacional de carácter nacional, de tipo digital, que acredita de manera fehaciente el registro e identidad de una persona, y constituirá de manera primaria "el documento oficial de identificación ante todas las autoridades mexicanas" sea en el país o en el extranjero, y para todo tipo de trámite o servicio.
Se expedirá a toda la población del país y mexicanos en el extranjero y deberá contener los datos correspondientes a la CURP; nombre y apellido de la persona; fecha de nacimiento; entidad federativa de nacimiento; nacionalidad; y datos biométricos que se establezcan en el reglamento.
Adicional a la Cédula, también serán documentos oficiales de identificación nacional, aquellos que contengan elementos y características mínimas que la Secretaría indique y formalice a través del Diario Oficial de la Federación, en los términos que disponga el reglamento respectivo.
En materia de políticas públicas, promoverá, respetará y garantizará el pleno ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos y los derechos humanos de las mujeres en toda política.