SCJN declara inconstitucional penalización de tragamonedas clandestinas

Los ministros determinaron que, por la vaguedad de la ley, se tiene que acudir al reglamento que emitió el Poder Ejecutivo.

La resolución de la SCJN elimina el proceso penal contra González Eulogio, además, sienta un precedente que podrá ser utilizado por aquellas personas acusadas de violación a la Ley de Juegos y Sorteos /
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Por la falta de claridad de la Ley Federal de Juegos y Sorteos, que data de 1947, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la penalización de las máquinas tragamonedas clandestinas.

Por mayoría de tres votos, los ministros de la Primera Sala concedieron el amparo a Erik González Eulogio, quien en 2017 fue acusado por la entonces PGR del delito previsto en el artículo 12 de la Ley Federal de Juegos y Sorteos, luego del cateo a un local de la ciudad de Puebla donde fueron aseguradas 19 máquinas.

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La ley castiga con tres meses a tres años de cárcel a los dueños, organizadores, gerentes o administradores de casa o local, abierto o cerrado, en que se efectúen juegos prohibidos o con apuestas, sin autorización de la Secretaría de Gobernación, así como a los que participen en la empresa en cualquier forma, mientras que los dos primeros artículos de la misma norma mencionan cuáles son los juegos permitidos.

Sin embargo, los ministros determinaron que, por la vaguedad de la ley, se tiene que acudir al reglamento que emitió el Poder Ejecutivo, para saber cuáles son los juegos prohibidos, lo que resulta inconstitucional, ya que todas las conductas sancionadas penalmente tienen que ser determinadas con claridad por el Congreso.

La resolución de la Corte elimina el proceso penal contra González Eulogio, además, sienta un precedente que podrá ser utilizado por aquellas personas acusadas de violación a la Ley de Juegos y Sorteos, en casos que involucren este tipo de máquinas.