Apoyo a familiares de fallecidos por Covid, ya puede solicitarse: IMSS

Zoé Robledo, titular del IMSS, enfatizó que el apoyo se otorgará por cada persona fallecida.

CIUDAD DE MÉXICO, 02DICIEMBRE2020.- Andrés Manuel López Obrador, presidente de México acompañado de Zoé Robledo, titular del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) durante la conferencia matutina en Palacio Nacional. FOTO: ANDREA MURCIA /CUARTOSCURO.COM
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Desde este miércoles 2 de diciembre arranca el registro en la plataforma digital (deudoscovid.gob.mx) para que los familiares de fallecidos por el Coronavirus reciban 11 mil 459.64 pesos por cada persona cercana que haya perdido la vida por la epidemia.

Zoé Robledo Aburto, director general del IMSS indicó que una vez realizado el registro, los solicitantes del apoyo por fallecidos de Covid-19 "tendrán resolución a partir de la próxima semana para resolver cualquier controversia que se pudiera tener"; principalmente por la falta de documentos o porqué más de un familiar busque cobrar el apoyo por una víctima mortal.

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El titular del IMSS enfatizó que el apoyo se otorgará por cada persona fallecida. "Si en una familia desafortunadamente fallecieron dos o más personas, es por cada una", enfatizó.

Este apoyo "es solidario, es universal y es directo" para los familiares de las personas que hayan fallecido. "Se puede hacer solamente una solicitud por persona, pero no tiene ninguna implicación la Seguridad Social, o sea el derechohabiente de alguna institución o nivel socioeconómico, es para todas las familias que hayan perdido a una persona con la enfermedad", señaló Robledo Aburto.

El funcionario dijo que la petición es voluntaria a través de la plataforma digital pero y ambién se abrirán puestos de atención en las zonas del país donde no haya acceso a internet; la vigencia es para las personas que murieron por Covid-19 a partir del 18 de marzo pasado y hasta el final de la declaratoria de emergencia.

El titular del IMSS recordó que el apoyo para gastos funerarios debe ser solicitado por familiares (esposos, esposas, parejas, hijas e hijos, madres y padres) de las víctimas mortales con 18 años o más, quienes deben presentar acta de defunción y una declaratoria bajo protesta de destinar los recursos para la economía familiar; también deben "acreditar el parentesco entre las personas".