La Cámara de Diputados, reunida en sesión presencial en el Pleno, discute reformas al artículo 73 constitucional, con el fin de facultar al Congreso para emitir una ley general en materia de seguridad privada.
Al presentar el proyecto, la presidenta de la Comisión de Puntos Constitucionales, Aleida Alavez, señaló que con ello se regulará la actividad de empresas privadas de seguridad y se les considerará "auxiliares" de seguridad, para la autoridad en los tres órdenes de gobierno.
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Puntualizó que los servicios prestados por empresas, solo pueden ser constitucionales, si se entienden como parte de la seguridad pública, y como parte de los servicios a prestar de manera coordinada entre Federación y entidades.
Al entregar los permisos, el Estado seguirá siendo responsable de vigilar y supervisar esas empresas.
La norma, dijo, establecerá las reglas de coordinación entre la Federación, entidades, municipios y empresas privadas de seguridad, cuando los servicios sólo se presten en un estado; cuando deban participar en labores de atención por desastres o emergencia.
Establecerá la separación entre empresas de seguridad privada, centros de capacitación y centros de evaluación.
De ningún modo se autorizará la operación de empresas privadas que ofrezcan asistencia y asesoramiento a terceros o cualquier otro servicio de tipo militar, que en exclusiva corresponde a las Fuerzas Armadas, puntualizó.
La reforma, expresó, busca dar certeza a los ciudadanos, las autoridades en los tres órdenes de gobierno y los propios consorcios de seguridad privada.
En el país, existen aproximadamente 6 mil empresas de ese rubro, que emplean a 500 mil personas, sin embargo, cerca de mil 500 no tienen autorización.
Los cambios buscan homologar criterios, requisitos, mecanismos de coordinación y vigilancia, cerrar espacio a la delincuencia e impedir que proliferen empresas de seguridad "patito", aseveró la diputada Alavez Ruiz.
Al pronunciarse en contra, la diputada sin partido Lucía Riojas, advirtió que la decisión abrirá la puerta a que "mercenarios" operen libremente en México.
"Esta reforma es una confesión más de la nula voluntad política que existe por la construcción de la paz. Qué podemos esperar del uso de nuestros datos personales, de la hipervigilancia que pretende imponer, de la fabricación de violencia y de culpables, qué podemos esperar de nuestros derechos humanos, si de por sí las policías y fuerzas Armadas son incapaces de respetar. Si la política de \u2018mátalo, a la verga\u2019 es una práctica general de nuestras autoridades de seguridad, qué podemos esperar de los mercenarios", sentenció la diputada Rojas Martínez.
A favor, integrantes de las bancadas del Partido de la Revolución (PRD) y Movimiento Ciudadano (MC), consideraron adecuado regular a las empresas de seguridad privada.
Contrario a las consideraciones de la diputada Riojas, la coordinadora parlamentaria del Sol Azteca, Verónica Juárez, manifestó que la norma impedirá la proliferación de mercenarios.
"Para que el dictamen mandate a la ley general, el contemplar la prohibición para que las empresas militares privadas presten servicios en el país. Con el objeto de contribuir decididamente en la regulación de las empresas de seguridad privada, de tal manera que garanticen la protección de los derechos humanos de las y los mexicanos, así como de la soberanía de nuestro país", es que la norma se aprobará, apuntó Juárez Piña.
La reforma constitucional, indica que el Congreso de la Unión podrá expedir la norma general de seguridad privada, para establecer reglas, a fin de que la autoridad facultada autorice y regule a las empresas de ese tipo a nivel nacional.
Las autoridades correspondientes, establecerán reglas de coordinación entre las empresas de seguridad privada y la Federación, estados y municipios, con el fin de garantizar una organización y funcionamiento efectivo.
Añade que las empresas de seguridad privada serán consideradas "auxiliares" de la seguridad pública, deberán coordinarse con las instituciones precisamente de seguridad, para su intervención en casos de emergencia o desastre.
En artículos transitorios, indica que a los 180 días de puesto en marcha el decreto, el Congreso tendrá que emitir la ley general en materia de seguridad privada.
También en ese plazo, las legislaturas locales tendrán que emitir la legislación necesaria para adecuar su marco normativo a la nueva ley. Mientras tanto, seguirán aplicando las leyes vigentes.
Si se vencen los plazos y el Congreso y legislaturas locales no emiten ni armonizan las leyes correspondientes, deberá cesar la aplicación de la normatividad que "no se ajuste" al contenido de la nueva ley, la cual entrará en vigor "directamente".