El juez Antonio González García, titular del Juzgado Segundo de Distrito de Amparo en materia Penal, sobreseyó el juicio de amparo que promovió Javier Duarte contra la orden de aprehensión.
El impartidor de justicia resolvió lo anterior, debido a que las autoridades negaron la existencia del mandamiento judicial.
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Al respecto, explicó que el juez de distrito especializado en función de administrador del Centro de Justicia Penal Federal con sede en el Reclusorio Norte, al rendir su informe justificado negó la existencia de la orden de aprehensión decretada en contra de Duarte.
Posteriormente, el impartidor de justicia rindió un nuevo informe en el que aclaró que existió una orden de aprehensión emitida el 14 de octubre de 2016 por el delito de asociación delictuosa y otros, pero que se cumplimentó el 17 de julio de 2017 y, aunque no se requirió expresamente a la fiscalía que procediera con la cancelación de ese mandamiento, era una consecuencia ineludible del cumplimiento.
Por ello, requirió al titular de la Policía Federal Ministerial y al director general de Investigación Policial en Apoyo a Mandamientos, ambos de la Fiscalía General de la República, "para que en el plazo improrrogable de seis horas a partir de su legal notificación cancelaran la orden de aprehensión" emitida el 14 de octubre de 2016.
Derivado de lo anterior, se desprende que a la fecha de la presentación de la demanda de amparo (4 de abril de 2020), la referida orden de aprehensión no existía, ya que se había cumplimentado el 17 de julio de 2017, esto es, anterior a la presentación de la demanda, por ende, como se indicó, deben tenerse por inexistentes los actos reclamados.