Razones por las que el INE negó registro a partidos políticos

Un total de 106 organizaciones presentaron su intención de constituirse como partidos políticos nacionales.

Instituto Nacional Electoral (INE) / Facebook
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Un total de 106 organizaciones presentaron su intención de constituirse como partidos políticos nacionales, sin embargo, solo 7 estuvieron en posibilidad de presentar su solicitud de registro ante el Instituto Nacional Electoral (INE).

El Tribunal Electoral negó este jueves el registro de varias organizaciones políticas, entre ellos, México Libre, el nuevo partido conservador que querían fundar el expresidente Felipe Calderón y su esposa, Margarita Zavala, para hacer oposición al gobierno de Andrés Manuel López Obrador.

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De acuerdo al portal Laboratorio Electoral, las razones por las que el INE negó el registro como partidos políticos nacionales en cada caso fueron:

Grupo Social Promotor de México: Intervención gremial del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación.

Redes Sociales Progresistas: Intervenciones gremiales por parte del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación, promesa o entrega de dádivas para asistir a las asambleas y se rebasó en más de un 5% el financiamiento de personas no identificadas.

Libertad y Responsabilidad Democrática: Recibió más de un 5% de aportaciones por parte de personas no identificadas y contar con un procedimiento de sanción abierto en su contra.

Fuerza Social por México: Tuvo más de un 20% de aportaciones de personas no identificadas, y una asamblea fue invalidada porque se entregaron dádivas a más de un 20% de las y los asistentes, por lo que no reunió el mínimo de asambleas requeridas. Adicionalmente se detectó la intervención de organizaciones sindicales integrantes de la CATEM.

Fundación Alternativa: No cumplió con el mínimo de asambleas válidas.

Nosotros: No cumplió con el mínimo de afiliaciones ni de asambleas.

A la organización Encuentro Solidario sí le otorgaron el registro a pesar de haberse acreditado la participación de ministros de culto en sus asambleas, lo que fue considerado por algunos integrantes del Consejo General del INE como contrario al principio de laicidad y de separación entre las iglesias y el Estado.

De acuerdo al portal, Laboratorio Electoral, las decisiones del INE en los siete casos fueron impugnadas ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, y tras una sesión larga y confusa, \u2013tal como fue la del INE en su momento al abordar este tema\u2013, se resolvió lo siguiente:

En el caso de Fuerza Social por México se revocó la negativa de su registro. El Instituto Nacional Electoral debe realizar una investigación exhaustiva con el fin de determinar y comprobar sí, efectivamente, se presentó la intervención gremial.

Respecto de Redes Sociales Progresistas, también se determinó que se le debía otorgar registro como partido político nacional porque no se acreditó la intervención de alguna organización sindical en la celebración de las asambleas estatales realizadas por la organización en Morelos, Chiapas, Ciudad de México, Durango, Tabasco, Chiapas, Guerrero, Puebla, Veracruz y Yucatán.

En el caso de Encuentro Solidario confirmó su registro como partido político nacional. Si bien se advirtió la participación de ministros de culto durante el procedimiento, se estimó que su sola asistencia no es suficiente para negar la afiliación del resto de las afiliadas y afiliados, pues en consideración de las y los magistrados que votaron a favor de este proyecto, no se trata de una violación de la gravedad suficiente al principio de laicidad.

En cambio, respecto de Grupo Social Promotor de México, Nosotros, Fundación Alternativa y Libertad, y Responsabilidad Democrática (México Libre) se confirmó la negativa de registro. Las razones en cada caso son:

En el caso de Grupo Social Promotor de México, se determinó que, en términos generales, existió participación preponderante de agremiados del SNTE en las actividades de la organización como, por ejemplo, la utilización de sus oficinas para recabar afiliaciones. Tal es el caso que más de la mitad de las aportaciones de la organización fueron realizadas por personas sindicalizadas. Por tanto, se violó el artículo 41 constitucional que prohíbe la participación de sindicatos en la conformación de partidos.

Respecto de la organización Nosotros, la Sala Superior no encontró ninguna irregularidad en el actuar del INE; asimismo, consideró infundados sus argumentos con base en los cuales pretendían validar afiliaciones que fueron calificadas de improcedentes. En virtud de lo anterior, se confirmó la negativa de su registro.

Para Fundación Alternativa, se confirmó la negativa de su registro fundamentalmente porque la organización no cumplió con el número mínimo exigido de afiliaciones para constituir un partido político nacional.

Finalmente, se discutió lo relativo a la negativa de registro de Libertad y Responsabilidad Democrática (México Libre). Una mayoría de 4 magistraturas confirmaron la negativa de registro como partido político nacional porque la organización empleó erróneamente un mecanismo de captación de recursos (CLIP) que incumplía con las exigencias del Reglamento de Fiscalización, pues solo permitía identificar los últimos cuatro dígitos de las tarjetas bancarias utilizadas y ocultaba el nombre de la persona aportante.