El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) cumplió con lo establecido en la Ley General de Archivos (LGA), respecto a la implementación del Sistema Institucional de Archivos.
En un comunicado el organismo precisó que si bien desde 2016 dicho sistema fue puesto en marcha en el instituto, en cumplimiento a los Lineamientos para la Organización y Conservación de los Archivos emitidos por el Sistema Nacional de Transparencia (SNT), realizaron diversas acciones complementarias.
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Detalló que como parte de ello efectuaron un diagnóstico para la conformación del Archivo Histórico del INAI, en el que se incluyeron los criterios de valoración para la documentación e información de los archivos del Instituto e integración del inventario de transferencia secundaria de los expedientes que obran bajo resguardo del Archivo de Concentración.
Además, la actualización de los instrumentos de control archivístico y de la Guía de archivo documental del Instituto.
De igual forma destacó que en sesión celebrada el pasado 4 de diciembre de 2019, el Pleno aprobó las modificaciones al reglamento de operación del Comité de Valoración Documental del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, instancia que tiene la tarea de establecer los dictámenes de baja documental o de transferencia secundaria de los documentos de archivo con valor histórico generados por el Instituto; así como aprobar la valoración documental, a fin de asegurar la debida producción, organización, acceso, consulta, disposición y conservación de documentos.
El INAI recordó que dicho reglamento señala en su artículo 11 que el Comité contará con un Grupo Interdisciplinario que coadyuvará en la valoración documental.
En este sentido refirió que durante la Primera Sesión Extraordinaria de 2019 del Comité de Valoración Documental, celebrada el pasado 11 de diciembre, se instaló tanto el Comité como del Grupo Interdisciplinario, el cual se integra por la Dirección General de Atención al Pleno, la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Unidad de Transparencia, la Dirección General de Planeación y Desempeño Institucional, la Coordinación de Archivos, la Dirección General de Tecnologías de la Información, el Órgano Interno de Control y las áreas o unidades administrativas generadoras de la documentación.
Cabe recordar que con la entrada en vigor de la LGA, el 15 de junio de 2019, empezó a correr el plazo de seis meses para el cumplimiento de las obligaciones previstas en dicho ordenamiento, entre las que se encuentra la establecida en el artículo Décimo Primero Transitorio que menciona que los sujetos obligados deberán implementar su sistema institucional.