La juez Ana Luisa Hortensia Priego Enríquez, titular del Juzgado Decimotercero de Distrito en materia Administrativa, concedió la suspensión definitiva al secretario ejecutivo del Instituto Nacional Electoral (INE), Edmundo Jacobo Molina, quien impugnó la Ley General de Responsabilidades Administrativas y la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos.
Con la resolución del juez, el funcionario electoral no podrá ser objeto de sanciones administrativas o penales por parte del Órgano Interno de Control del INE y de la Fiscalía General de la República (FGR) que pudieran derivarse con motivo del pago a los funcionarios del órgano electoral de salarios superiores a los establecidos en el Presupuesto de Egresos.
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Asimismo, la juez Priego Enríquez negó la suspensión definitiva en contra de la Ley de Remuneraciones de los Servidores Públicos, la cual establece el salario del presidente de la República como el límite para el pago de las remuneraciones de todos los funcionarios.
En su demanda de amparo, Edmundo Jacobo argumentó que la normatividad reclamada y actos de aplicación constituyen un "sistema normativo" integral que altera sustancialmente el sistema de remuneraciones de los servidores públicos y en consecuencia, las funciones como servidor público responsable de ejecutar los recursos presupuestales concernientes al pago de remuneraciones y prestaciones laborales del Instituto Nacional Electoral, a partir de la aplicación del Presupuesto de Egresos de la Federación".
Por este motivo, solicitó la suspensión de cualquier sanción administrativa o penal de los actos reclamados.