El Instituto Nacional Electoral rechazó suspender la difusión de los promocionales en radio y televisión del primer informe de Gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador, y con ello declaró improcedentes las medidas cautelares, porque la ley establece que puede promover los logros de gobierno siete días antes del 1 de septiembre y cinco días después. La Comisión de Quejas y Denuncias del INE analizó la petición del PAN y de Julio César Landeros Rangel, y determinó que no se están usando recursos públicos para promoción personalizada porque está permitido la difusión de los cinco promocionales del primer informe.
La consejera Adriana Favela explicó que el artículo 69 de la Constitución Política impone al Presidente la obligación de rendir un informe de su gestión ante el Congreso de la Unión, por lo que, bajo la apariencia del buen derecho, la difusión de los mensajes se encuentra dentro de los plazos que establece la norma.
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"Declarara improcedentes las medidas cautelares solicitadas coincido con lo que se plantea, porque nos están denunciando spots del primer informe de gobierno que se va realizar el 1 de septiembre, conforme a la ley los servidores públicos tienen posibilidad de rendir un informe y de difundirlo"
Sobre la sistematicidad de informes de labores de parte del presidente, resolvieron que "no existe base para considerar que los eventos del 11 de marzo y el 1 de julio puedan equiparse o ser considerados como informes de Gobierno".