La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió sobreseer el juicio a la Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México que había presentado una ciudadana, al considerar que la impugnación se fundamentó en una ley abrogada.
La ciudadana de la colonia Juárez, Greta Lucero Ríos Téllez Sill solicitó al Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México no aplicar el artículo décimo transitorio de la anterior Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, que planteaba que el proceso de elección de los órganos de Representación Ciudadana y la consulta en materia de Presupuesto Participativo, se realizarían hasta que la primera Legislatura del Congreso local lo definiera en una nueva ley en la materia, es decir antes de la segunda semana de diciembre de 2019.
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El IECM se declaró no competente para atender el caso, por lo que la ciudadana acudió al Tribunal Electoral de la Ciudad de México quien consideró improcedente su solicitud.
La Sala Regional le dio la razón a Ríos Téllez para inaplicar dicho artículo, y ordenó al IECM emitir la convocatoria para realizar los procesos de elección de los órganos de Representación Ciudadana y la consulta en materia de Presupuesto Participativo, en la colonia Juárez, pero los partidos Morena y del Trabajo impugnaron la sentencia.
El 12 de agosto fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se abrogó la ley anterior en que se basaba la impugnación y se expidió la nueva Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México.