Ordena INAI se informe empresas y costos de los estudios de factibilidad del Tren Maya

INAI explicó que aun cuando existe competencia concurrente esto no exime a Sectur de realizar una búsqueda exhaustiva de la información.

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La Secretaría de Turismo (Sectur) deberá dar a conocer los documentos que funden y motiven la adjudicación directa para los estudios de factibilidad del proyecto del "Tren Maya", precisando las empresas beneficiadas, los montos a pagar, los entregables y las fechas de entrega de cada uno de los estudios y servicios contratados, instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

De hecho, "toda la información que se genere en torno al proyecto debe transparentarse y poner a disposición de la población, como un verdadero ejercicio de rendición de cuentas", expresó ante el Pleno, el comisionado Rosendoevgueni Monterrey Chepov.

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"Conocer los impactos ambientales y los estudios de factibilidad respectivos, permiten valorar los posibles deterioros y consecuencias de orden ambiental", subrayó.

Como ejemplo de la importancia del cuidado de los recursos naturales, Monterrey Chepov destacó la suspensión de la obra del aeropuerto en Santa Lucía, por un Juez de Distrito, ante la presentación de un juicio de amparo que puso en conocimiento la falta de garantías medioambientales para la realización de ese proyecto.

INAI señala que ante la petición de un particular, Sectur se declaró "incompetente" y sugirió remitir el requerimiento de información a la Unidad de Transparencia del Fondo Nacional de Fomento al Turismo, o a su filial Fonatur Tren Maya, S.A. de C.V.

Inconforme, el particular interpuso un recurso de revisión ante el INAI, mediante el cual impugnó la incompetencia aludida. En sus alegatos, Sectur reiteró su respuesta original.

INAI explicó que aun cuando existe competencia concurrente por parte del sujeto obligado con el Fondo Nacional de Fomento al Turismo, esto no exime a Sectur de realizar una búsqueda exhaustiva de la información en sus archivos.

El comisionado Rosendoevgueni Monterrey Chepov, consideró fundado el agravio del particular y, por unanimidad, revocó la respuesta de la Secretaría de Turismo y le instruyó a que asuma competencia, y emita la respuesta que conforme a derecho corresponda.

En el análisis del caso, la ponencia del comisionado Monterrey Chepov advirtió que, de conformidad con la normatividad, Sectur resulta "competente" para atender el requerimiento, toda vez que mantiene una competencia concurrente y por ello deberá agotar el procedimiento de búsqueda de la información y proporcionar aquella con la que cuente, o bien, en caso contrario, declarar la formal inexistencia a través de su Comité de Transparencia y orientar al particular, en caso de considerarlo, recurrir ante la Unidad de Enlace de la o las autoridades que también resulten competentes para conocer lo requerido.

Asimismo, se recordó, de conformidad con la Ley Federal de Transparencia, que las Unidades de Transparencia deberán garantizar que las solicitudes se turnen a todas las áreas competentes que cuenten con la información o deban tenerla de acuerdo a sus facultades, competencias y funciones, con el objeto de que realicen una búsqueda exhaustiva y razonable de la información solicitada.