La ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) Norma Piña Hernández, desechó la controversia constitucional que promovió el Poder Ejecutivo federal para impugnar un amparo que le concedió el Décimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa al Comité de Participación Ciudadana (CPC) del Sistema Nacional Anticorrupción (SNA) en el que ordena nombrar a los 18 magistrados de dicho sistema y exige se justifiquen plenamente las capacidades y perfil de los elegidos.
La ministra argumentó que la demanda del Ejecutivo es notoriamente improcedente, pues este recurso no es admisible para cuestionar sentencias de amparo dictadas por los tribunales colegiados de circuito, que son definitivas e inatacables.
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La Consejería Jurídica de la Presidencia aún puede impugnar el fallo de Piña Hernández ante una de las Salas de la Corte, y podría argumentar que dos controversias recientes contras sentencias de tribunales colegiados sí fueron admitidas, una presentada por el Poder Judicial de Nuevo León y otra por el Congreso de Colima.
En su demanda, el gobierno federal argumentó que el tribunal colegiado "invade esferas competenciales, con motivo del desconocimiento de la facultad y competencia Constitucional del titular del Ejecutivo Federal, de designar a los magistrados que integran la Tercera Sección y las cinco Salas Especializadas del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA)".
El amparo ordena al Senado llevar a cabo comparecencias con los 18 nombrados por Peña, lo que hará el 17 y 18 de junio, valorar sí tienen el perfil idóneo y votar para ratificar o rechazar.
En caso de rechazo, se ordena al Ejecutivo realizar nuevos nombramientos, pero justificando que los elegidos tienen el perfil idóneo, y observando puntualmente los lineamientos y directrices fijados en esta sentencia.