Al acatar las resoluciones del juez Erick Zabalgoitia Novales, titular del Juzgado Decimocuarto de Distrito de Amparo en materia Penal y del Quinto Tribunal Colegiado en materia Penal; la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México (PGJ-CDMX) reabrió la investigación por la red de prostitución vinculada al ex dirigente del PRI capitalino, Cuauhtémoc Gutiérrez de la Torre.
La dependencia detalló que el también llamado "Príncipe de la basura" será investigado por el delito de trata de personas, delito que no ha prescrito de acuerdo con el artículo 105 de Código Penal federal; indagatoria que podría extenderse contra la actual diputada local Sandra Esther Vaca Cortés e Israel Betanzos, colaborador cercano del político priista.
Por este motivo, el expediente que se inició en la Fiscalía Central de Investigación para la Atención de Asuntos Especiales y Electorales, se turnará a la Fiscalía Especializada en el delito de Trata de Personas.
El 6 de mayo de este año, Rodrigo de la Riva Robles, subprocurador de Averiguaciones Previas Centrales, envió un oficio en el que le notifica al juez Zabalgoitia Novales, la determinación de no confirmar el dictamen del 27 de julio de 2015, en el que se resolvió no ejercer la acción penal contra Gutiérrez de la Torre, misma que fue aprobada por José Noé Armendáriz Flores, quien estaba adscrito a la Coordinación de Agentes del Ministerio Público Auxiliares del Procurador.
En el documento, de 104 páginas, De la Riva Robles argumenta que el no ejercicio de la acción penal "presenta insuficiente fundamentación y motivación por lo que contraviene lo dispuesto en el párrafo primero del artículo 16 constitucional".
Agrega que al momento de autorizar el no ejercicio de la acción penal, Armendáriz Flores pasó por alto las "diversas irregularidades en la integración de las averiguaciones previas".
Entre dichas irregularidades se encuentra la determinación de acumular las cuatro averiguaciones previas que se iniciaron con motivo de las denuncias que presentaron las víctimas con la que presentó Gutiérrez de la Torre.
En el escrito, el subprocurador de Averiguaciones Previas señala que lo anterior contraviene el artículo 484 del Código de Procedimientos Penales del Distrito Federal, el cual "es claro, ya que en ninguna parte dice que se pueden acumular investigaciones o asuntos cuando haya identidad entre el probable responsable y el denunciante, lo cual hace totalmente improcedente la determinación tomada por el Ministerio Publico investigador".
Esta decisión, agrega el documento, vulneró la seguridad de las denunciantes, ya que no se les permitió el acceso al expediente, mientras que Cuauhtémoc Gutiérrez tuvo acceso en todo momento a la indagatoria, ya que se determinó su coadyuvancia en la investigación, lo que no ocurrió con las víctimas, lo que perjudicó el debido proceso.
Del mismo modo, De la Riva Robles señala en el escrito que en este caso el Ministerio Público falseo información e incluso engaño al juez Erick Zabalgoitia, ya que señaló que la acumulación de las averiguaciones previas se dio cuando la entonces PGR declinó la competencia, lo que resultó falso.