La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 22/2019, dirigida a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, a la Fiscalía General de la República, y al presidente municipal de Uruapan, Michoacán, por detención arbitraria, retención ilegal y tortura de una persona y la deficiente investigación de los hechos denunciados por la víctima acontecidos en septiembre de 2014.
El agraviado señaló que fue detenido en el municipio de Tancítaro, Michoacán, por policías federales, quienes lo golpearon, torturaron, amenazaron de muerte, sembrándole armas de fuego, cartuchos y droga; además, lo trasladaron a la comandancia de ese municipio, donde continuaron golpeándolo a fin de que se incriminara por delitos que no cometió y, posteriormente fue llevado a revisión médica, amenazándolo que no dijera lo ocurrido.
Tras su investigación, la CNDH determinó que los agentes policiales no justificaron las circunstancias de la detención ni informaron de inmediato su aseguramiento, ya que transcurrieron 46 horas para ser puesto a disposición de la autoridad ministerial, y no reportaron las razones por las que el agraviado estaba lesionado.
De acuerdo con información de los policías federales, la víctima reconoció ser partícipe de varios delitos e indicaron que hicieron uso de la fuerza porque el detenido intentó darse a la fuga, sin hacer referencia de las lesiones que presentaba.
Las autoridades jurisdiccionales que conocieron de la denuncia realizada por los elementos de la PF, ordenaron dar vista al Agente del Ministerio Público ante las lesiones que presentó el agraviado, iniciándose tres investigaciones, mismas que fueron realizadas, con demora, sin considerar las evidencias existentes en la causa penal y sin mayor diligencia, en dos de ellas, se ordenó el no ejercicio de la acción penal.