Mediante un documento dirigido a la Cámara de Diputados, el representante en México de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Jan Jarab, envió una serie de consideraciones y preocupaciones en torno a la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza y la Ley Nacional de Registro de Detenciones.
Sobre la Ley relacionada al Uso de la Fuerza, destaca que ésta no estaría incluyendo a los agentes migratorias entre las autoridades que hacen uso de la fuerza; se incluyen diversos términos laxos imprecisos que no se desarrollan en el contenido del proyecto, lo que impide conocer con precisión su ámbito de aplicación, tales como "persona autorizada por el Estado" y "neutralizar".
Además, no se establece una debida regulación del uso de la fuerza letal, ni de la consiguiente graduación en el uso de la fuerza, lo cual contraviene la obligación de regular esta materia; se establece una regulación insuficiente inconsistente el principio de proporcionalidad y uso diferenciado de la fuerza.
" Se podría vulnerar el derecho a la protesta y en la libre manifestación, ya que se mantiene una perspectiva de control de multitudes y no garantizar el derecho a la manifestación y en caso de que haya violencia en proteger a las personas. Además, preocupa que las protestas y manifestaciones puedan calificarse de acuerdo al objeto lícito que persiguen, lo que sería contrario al derecho la libertad de expresión", expone en el documento.
En el caso de la Ley referente al Registro de Detenciones, consideró que ésta podría ser mejorada mediante la incorporación de ciertos elementos tales como la inclusión en la operación del registro lo relativa a detenciones llevadas a cabo bajo la jurisdicción militar, ya que no es justificable que el registro no abarque la privación de la libertad de elementos de las Fuerzas Armadas.
De igual forma establecer la nacionalidad de la persona como uno de los primeros campos de información a ser recabados; establecer claramente como información a ser asentado en el registro, lo relativo al lugar donde la persona permanece privada de la libertad y lugar al que es trasladada, así como la información relativa al asistencia legal recibida tras la detención.
La ONU-DH somete a consideración de la Cámara de Diputados las anteriores preocupaciones y consideraciones preliminares a fin de que puedan ser tomadas en cuenta en las discusiones sobre las minutas emitidas por el Senado de la República sobre la legislación secundaria referida.
Finalmente, alienta a los diputados a abrir un proceso de discusión pública e incluyente en torno a las minutas, con la participación de la sociedad civil y demás organismos y actores interesados al tiempo de reiterar su disposición para seguir brindando asesoría y cooperación técnicas que se requieran.