SCJN continuará análisis de la Ley de Remuneraciones

Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, ministro de la SCJN, destacó que los “cambios cosméticos” aprobados con la reforma del 12 de abril no generó un cambio total de la norma

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En votación dividida, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó no sobreseer en su totalidad las acciones de inconstitucionalidad que promovieron la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y senadores de minoría para impugnar la Ley de Remuneraciones de los Servidores Públicos.

Durante la sesión de este martes, los ministros Javier Laynez, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Jorge Pardo, Fernando Franco, Eduardo Medina Mora y Luis María Aguilar Morales, se pronunciaron a favor de entrar al fondo de la discusión sobre la omisión legislativa, así como de aquellos artículos que no fueron reformados.

Al defender su proyecto, en el que proponía declarar la invalidez de la norma y en respuesta a los comentarios de sus homólogos, el ministro Alberto Pérez Dayán dijo que es atípico que una ley recién aprobada haya sido modificada en menos de 90 días; incluso, destacó que esas modificaciones dan cuenta que la legislación fue un mal producto legislativo.

"¿No es atípico que una ley recién expedida sea reformada en menos de un mes en un 90 por ciento? ¿Qué no será entonces que en realidad, las violaciones expresadas en conceptos genéricos son reales? Eso es lo que se tiene que ver en el fondo, es de llamar la atención este argumento. Han cesado los efectos porque la ley se cambió prácticamente en su totalidad, dos de los argumentos tienden a demostrar que la ley fue un mal producto legislativo que generó la necesidad de cambiarse en un 90 por ciento".

Por su parte, el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena destacó que los "cambios cosméticos" aprobados con la reforma del 12 de abril no generó un cambio total de la norma, pues solo se modificaron verbos y palabras, al tiempo en que aseveró que dichas modificaciones no contestaron la pregunta de fondo.

"Estas modificaciones cosméticas hubieran llevado al sobreseimiento. En mi opinión, los cambios normativos no han suprimido la exigencia de responder la pregunta constitucional de fondo, la pregunta constitucional de este asunto es una: en ambas acciones constitucionales los promoventes nos formulan una gran interrogante, ¿la Constitución permite que la facultad de aprobar la remuneración del presidente de la República y con ello el tope para todos los demás funcionarios públicos, sea discrecional? O por el contrario, ¿La Constitución exige que sea una facultad reglada?".

Durante la sesión, el presidente de la Corte, Arturo Zaldívar, informó que los nuevos recursos que interpusieron la CNDH y los senadores fueron turnados a la ministra Yasmín Esquivel y aclaró que los resolutivos que se tomaron en esta semana, no prejuzgaran el sentido de la votación cuando se discuta el nuevo proyecto de resolución.

"Se presentaron dos nuevas acciones de inconstitucionalidad en contra del decreto que reformó el que estamos analizando en este momento y que por turno le corresponderá elaborar los proyectos correspondientes a la ministra Yasmín Esquivel y que por supuesto, las razones, los votos que estamos llevando a cabo en relación con este decreto y con el proyecto que estamos estudiando, en lo más mínimo prejuzgan o determinan la forma cómo votaremos los integrantes del tribunal pleno ante un nuevo decreto y un nuevo proyecto".

Durante la sesión del jueves 16 de mayo, los ministros discutirán el tema referente a las fallas en el proceso legislativo durante el proceso de aprobación de la Ley de Remuneraciones.