La Suprema Corte de Justicia de la Naci\ón (SCJN) admiti\ó a tr\ámite la controversia constitucional que interpuso el gobierno de Michoac\án para impugnar el acuerdo que contiene los lineamientos para la entrega de apoyos federales a los sectores vulnerables.
El ministro Jorge Pardo Rebolledo aclar\ó que en este procedimiento se tiene como demandado al Poder Ejecutivo Federal, mas no as\í a la Secretar\ía de Bienestar y a la Coordinaci\ón General de Programas para el Desarrollo, ya que son dependencias subordinadas a dicho poder, el cual debe comparecer por conducto de su representante legal y, en su caso, dictar las medidas necesarias para dar cumplimiento a la resoluci\ón que se emita en este asunto.
Ante ello, el ministro dio un plazo de 30 d\ías h\ábiles para que el titular del Ejecutivo para que conteste la demanda.
Es de mencionar que dichos lineamientos establecen, entre otros puntos, que los beneficios econ\ómicos y en especie de los Programas Integrales para el Desarrollo se entregar\án de manera directa y sin intermediarios a los beneficiarios, por las dependencias responsables de la ejecuci\ón, preferiblemente por instrumento bancario.
Asimismo, los beneficiarios ser\án incorporados a un padr\ón integrado por la Secretar\ía de Bienestar, con informaci\ón de las dependencias y entidades responsables, informaci\ón de entrevistas domiciliarias, de visitas de campo y del registro e inscripci\ón por los medios espec\íficos establecidos para cada programa.
Dicho padr\ón de ser\á revisado por la Secretar\ía de la Funci\ón P\ública de manera continua para su debida validaci\ón, actualizaci\ón y auditor\ía.