La Suprema Corte de Justicia de la Naci\ón (SCJN) admiti\ó a tr\ámite la controversia constitucional que interpuso el Instituto Nacional de Estad\ística y Geograf\ía (INEGI) en contra de la reducci\ón de su presupuesto y de la aplicaci\ón de la Ley de Remuneraciones.
El recurso fue turnado a la ponencia del ministro Alberto P\érez Day\án, quien le neg\ó al INEGI la suspensi\ón que solicit\ó.
Asimismo, el ministro dio un plazo de 30 d\ías h\ábiles, contados a partir del siguiente al en que surta efectos la notificaci\ón, para que el Senado, la C\ámara de Diputados y el titular del Poder Ejecutivo presenten su contestaci\ón.
En su argumentaci\ón, el INEGI se\ñal\ó que la reducci\ón del presupuesto le impide ejercer a cabalidad sus funciones y claramente viola su autonom\ía financiera y su independencia econ\ómica someti\éndolo a la necesidad de acotar, cancelar o postergar diversos proyectos de informaci\ón estad\ística y geogr\áfica como ya se ha informado.
Agreg\ó que la aplicaci\ón de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores P\úblicos y la aprobaci\ón de los tabuladores para el personal en el Presupuesto de Egresos 2019, adolecen de definiciones que brinden certidumbre sobre c\ómo deben determinarse las remuneraciones de los servidores p\úblicos del INEGI, en su calidad de \órgano constitucional aut\ónomo.