La Suprema Corte de Justicia de la Naci\ón (SCJN) declar\ó inconstitucionales los art\ículos 140 y 148 del C\ódigo Civil de Nuevo Le\ón, los cuales imped\ían el matrimonio entre personas del mismo sexo.
A pesar de que desde hace cuatro a\ños el Alto Tribunal otorg\ó varios amparos contra dicho c\ódigo, el Congreso y el gobierno de Nuevo Le\ón no lo modificaron, motivo por el cual la Comisi\ón Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) promovi\ó una acci\ón de inconstitucionalidad.
Durante la sesi\ón de este martes, el ministro Jorge Pardo Rebolledo, afirm\ó que dichos art\ículos atentaban contra la dignidad humana, en lo que se refiere al libre desarrollo de la personalidad.
Por tratarse de una acci\ón de inconstitucionalidad, el fallo de la Corte tendr\á efectos generales, es decir, que ya no ser\á preciso que las parejas del mismo sexo en Nuevo Le\ón, se tengan que amparar para contraer matrimonio.