La Suprema Corte de Justicia de la Naci\ón (SCJN) declar\ó infundados los recursos de reclamaci\ón que interpusieron el presidente de la Rep\ública, Andr\és Manuel L\ópez Obrador, as\í como diputados y senadores para impugnar la suspensi\ón que le concedi\ó el ministro Alberto P\érez Day\án a la Comisi\ón Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), as\í como a senadores de oposici\ón en contra de la Ley de Remuneraciones de los Servidores P\úblicos.
Por mayor\ía tres votos, la Segunda Sala del Alto Tribunal aprob\ó los proyectos de los ministros Eduardo Medina Mora y Javier Laynez, quienes se pronunciaron favor de dejar firme la resoluci\ón de su hom\ólogo P\érez Day\án.
Los ministros resolvieron que de revocarse la suspensi\ón combatida, se podr\ían vulnerar de manera irreparable derechos fundamentales de los servidores p\úblicos.
Se\ñalaron que el art\ículo primero de la Constituci\ón Pol\ítica, en sus p\árrafos segundo y tercero establecen que las normas relativas a los derechos humanos se interpretar\án de conformidad con la Carta Magna y con los tratados internacionales de la materia, favoreciendo en todo tiempo a las personas la protecci\ón m\ás amplia.
Destacaron que de acuerdo con criterios del Alto Tribunal, la suspensi\ón no es s\ólo una medida cautelar, sino tambi\én tutelar para prevenir el da\ño trascendente que s\é pueda ocasionar no s\ólo a las partes, sino a la sociedad en general.
Por lo anterior, la suspensi\ón solicitada en la acci\ón de inconstitucionalidad presentada por una minor\ía de senadores del PRI, PAN, PRD, Movimiento Ciudadano, un senador independiente y la CNDH, permanece vigente.