INAI ordena a Semarnat informar sobre obra a cargo de Telmex

La obra trata la instalación de cable submarino en Mar de Cortés.

Escrito en NACIONAL el

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Informaci\ón y Protecci\ón de Datos Personales (INAI) orden\ó a la Secretar\ía de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) dar a conocer los planos de ubicaci\ón de la obra del "Proyecto de Cable Submarino en el Mar de Cort\és, de la Ruta Guaymas-Santa Rosal\ía", en Sonora y Baja California, a cargo de Tel\éfonos de M\éxico, S.A.B. de C.V. (Telmex).

Al presentar el caso ante el Pleno, el comisionado presidente, Francisco Javier Acu\ña Llamas, destac\ó la importancia de mantener ordenados y actualizados los archivos de tr\ámite y de concentraci\ón de las dependencias, como lo mandata la Ley General de Archivos, a fin de garantizar el acceso a informaci\ón generada en a\ños anteriores.

Se\ñal\ó que en este caso la informaci\ón solicitada data de 1998, cuando inici\ó operaciones la obra, por lo que antes de declarar la inexistencia, la Semarnat debi\ó hacer una b\úsqueda en sus archivos de tr\ámite y de concentraci\ón.

"Si hubo una actividad permitida a Tel\éfonos de M\éxico en esa zona por supuesto que tiene que haber un registro de cualquier permiso al respecto; ning\ún permiso, autorizaci\ón, concesi\ón se puede emitir por parte del Estado y sus agentes sin que medie una resoluci\ón que funde y motive por qu\é se dan permisos o autorizaciones de cualquier naturaleza", sostuvo el presidente del INAI.

Un particular requiri\ó sobre la obra, las fechas de inicio y t\érmino, la solicitud de permiso para el tendido del cable submarino; los planos de ubicaci\ón, el proyecto t\écnico y el de inversi\ón, el costo econ\ómico inicial y final, la autorizaci\ón otorgada a Telmex, y los nombres del titular actual del permiso y de los derechos de propiedad del cable.

En respuesta, la dependencia se\ñal\ó que no cuenta con registro alguno del proyecto. Inconforme, el particular present\ó un recurso de revisi\ón ante el INAI, mediante el cual manifest\ó que se debe transparentar y dar acceso a la informaci\ón solicitada.

Al presentar sus alegatos, la Semarnat indic\ó que luego de una nueva b\úsqueda en el archivo de concentraci\ón localiz\ó el Informe Preventivo denominado Cable Submarino en el Mar de Cort\és, Ruta Guaymas-Santa Rosal\ía, con la resoluci\ón respectiva. Agreg\ó que tales documentos contienen la mayor\ía de los datos requeridos por el particular.

En el an\álisis del caso, cargo del comisionado presidente, Francisco Javier Acu\ña Llamas, se comprob\ó que el informe y el resolutivo dan respuesta a algunos puntos de la solicitud, como el nombre del propietario, datos de identificaci\ón del proyecto, especificaciones del material utilizado, ubicaci\ón exacta, programa de trabajo, as\í como informaci\ón adicional relacionada con el proyecto.

Sin embargo, el particular solicit\ó tambi\én los planos de ubicaci\ón de la obra, sobre el cuales la dependencia no se pronunci\ó. Al respecto, la ponencia revis\ó a detalle los documentos proporcionados y advirti\ó que \éstos contienen dichos planos.

Finalmente, se concluy\ó que la dependencia proporcion\ó la informaci\ón con la que contaba, pero no en el formato requerido por el particular, es decir, en copia certificada, por lo que se determin\ó no dar por atendida la solicitud.

Bajo estos argumentos, el Pleno del INAI determin\ó modificar la repuesta de la Semarnat y le instruy\ó hacer una b\úsqueda en todas sus unidades administrativas competentes, sin omitir a la Direcci\ón General de Impacto y Riesgo Ambiental, a fin de dar a conocer los planos de ubicaci\ón de la obra, anexos al Proyecto de Cable Submarino en el Mar de Cort\és de la Ruta Guaymas-Santa Rosal\ía.

Asimismo, deber\á notificar la disponibilidad de la informaci\ón localizada en alegatos, en la modalidad de copia certificada.