SCJN aplaza discusión sobre reforma al Fondo Minero; espera a nueva ministra

El proyecto de resolución, elaborado por el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, proponía entrar al fondo del asunto, con base en el argumento de que el gobierno de Chihuahua si tendría interés jurídico.

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Debido a que hasta este jueves el pleno se encuentra incompleto y al registrar un empate de cinco votos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aplazó la discusión de la controversia constitucional que interpuso el gobierno de Chihuahua para impugnar la reforma al Fondo Minero, mediante la cual el gobierno federal tomó el control de los recursos que, desde 2014, habían sido para estados y municipios.

Al discutir si la controversia era procedente o no, el Alto Tribunal registró un empate a cinco votos, motivo por el cual el presidente de la Corte, Arturo Zaldívar, propuso dejar pendiente el asunto, hasta que se incorpore a sus funciones la nueva ministra.

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"Consecuentemente tendremos que esperar a que esté integrado el pleno para poder resolver este asunto, hay varios que están en la misma situación aunque aquéllos son algunos de municipios donde todavía sería más opinable si entran o no estos argumentos, lo importante de este asunto era fijar el pase, muy importante, fijar el criterio a partir de ahora y es normal que esto ocurra porque estamos ensayando una nueva doctrina sobre la controversia donde de por sí el Pleno se encuentra muy dividido entonces este tipo de decisiones realmente son totalmente explicables".

El proyecto de resolución, elaborado por el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, proponía entrar al fondo del asunto, con base en el argumento de que el gobierno de Chihuahua si tendría interés jurídico.

Sin embargo, la propuesta no alcanzó el apoyo mayoritario, pues la mitad de los ministros opinó que el gobierno estatal sólo está reclamando un daño económico que no da lugar un interés legítimo. Al respecto, la ministra Yasmín Esquivel adelantó que no veía afectación a pueblos indígenas.

"No comparto las consideraciones ni el sentido del proyecto, pues la norma reclamada no regula la situación particular de las comunidades indígenas ni ellas son las únicas destinatarias de tal precepto, lo cual implica que se trata de una disposición netamente tributaria cuya misión esencial fue la de reestructurar el destino de determinadas contribuciones, como son una parte de los derechos de minería a fin de que la recaudación resultante sea aplicada en inversión física con un impacto social, ambiental y de desarrollo urbano positivo en las entidades federativas mineras y municipios mineros".

Además de Esquivel Mossa, los otros votos por la improcedencia fueron de Arturo Zaldívar, Luis María Aguilar Morales, Jorge Pardo y Alberto Pérez Dayán.