Corte concede prórroga a diputados para corregir Ley de Remuneraciones

El pasado 20 de mayo, la SCJN invalidó las porciones normativas de los artículos 6 y 7 de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos.

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió una prórroga a la Cámara de Diputados para que acate una sentencia en la que le ordenó corregir la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, en particular, la falta de parámetros para fijar el salario del presidente.

En sesión privada, el pleno de la Corte aprobó la petición de la presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara Baja, Laura Rojas, para extender el plazo de cumplimiento de la sentencia dictada el pasado 20 de mayo al resolver las acciones de inconstitucionalidad 105 y 108 de 2018 que promovieron la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y legisladores de oposición.

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Con ello, los congresistas tendrán como fecha límite el 30 de abril del 2020 para corregir la ley.

"Hágase del conocimiento de la diputada oficiante que, en su sesión privada celebrada en esta fecha, el pleno de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación acordó que, atendiendo a la complejidad de la materia, en relación con el plazo de cumplimiento establecido en la sentencia dictada en la acción de inconstitucionalidad 105/2018 y su acumulada 108/2018, se otorga una prórroga del plazo respectivo, la cual vence el último día del periodo ordinario de sesiones del Congreso de la Unión, que transcurrirá del 1 de febrero al 30 de abril de 2020, con el objeto de que, al concluir dicho plazo, el Congreso de la Unión haya aprobado la legislación correspondiente", señala el acuerdo del Alto Tribunal.

El pasado 20 de mayo de este año, la SCJN invalidó las porciones normativas de los artículos 6 y 7 de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos que establecían de forma discrecional el salario del presidente de la República, por lo que ordenó al Congreso de la Unión fijar reglas claras. Para ello, los ministros dieron un plazo de 90 días.