El narcotraficante Rafael Caro Quintero, fundador del Cártel de Guadalajara, logró frenar de nueva cuenta su extradición a Estados Unidos, donde es acusado del secuestro y homicidio del agente de la DEA, Enrique Camarena.
La juez María Dolores Núñez Solorio, titular del Juzgado Cuarto de Distrito de Amparo en materia Penal, concedió a Caro Quintero y a otros de sus colaboradores, la suspensión de plano "para el efecto de que las cosas se mantengan en el estado que guardan y no se ejecute la extradición de los quejosos, lo anterior, hasta en tanto se notifique a las autoridades la resolución que en su caso se emita dentro del juicio de amparo".
Información relacionada: Buscarán que bienes confiscados a Caro Quintero se queden en México
Cabe recordar que el pasado 9 de octubre de este año, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó el amparo al llamado "Narco de narcos" en contra de su extradición a la Unión Americana.
No obstante, el pasado 25 de noviembre, Caro Quintero interpuso un nuevo juicio de amparo, el cual fue turnado al Juzgado Cuarto de Distrito de Amparo y radicado en el expediente 895/2019. En su demanda, el narcotraficante señala como autoridades responsables a la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) y a otras.
La juez Núñez Solorio precisó que la suspensión de plano únicamente se limita a paralizar los efectos de la orden de extradición por las autoridades responsables señaladas, por lo que no surtirá efectos si la orden fue dictada por autoridades distintas.
Agregó que tampoco surtirá efectos si la orden de extradición ya fue ejecutada con antelación o si se trata de hechos diversos de los expresados en la demanda de amparo; como tampoco si es emitida con posterioridad, pues debe atenderse a que el juicio de amparo procede contra actos existentes y concretos, no probables, ni eventuales.
La impartidora de justicia dio un plazo de cinco días para que Rafael Caro Quintero especifique qué acto o actos son lo que reclama, toda vez que en su escrito no se advierte con claridad cuál es el acto que pretende reclamar, ya que por una parte en el apartado relativo al acto reclamado habla de una posible orden de reaprehensión, pero también aduce combatir una posible orden de extradición solicitada por el gobierno de los Estados Unidos.
Caro Quintero obtuvo su libertad el 9 de agosto de 2013, luego de que el Primer Tribunal Colegiado en materia Penal con residencia en Jalisco resolvió que no debió ser enjuiciado en el fuero federal por el homicidio de Enrique Camarena.