La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional la reforma al artículo 25, fracción VI, de la Ley de Ingresos para 2019, mediante la cual el Congreso de la Unión prohibió compensar saldos a favor de un impuesto para el pago de otros.
Por mayoría de cuatro votos, la Segunda Sala aprobó el proyecto de la ministra Yasmín Esquivel Mossa en el que se establece que con la modificación no se viola principios de certeza y seguridad jurídica, irretroactividad de la ley, proporcionalidad y equidad tributaria.
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Asimismo, los ministros consideraron que son válidos los fines de la reforma de combatir la evasión fiscal mediante deducciones con facturas por servicios inexistentes, aunque el proyecto admite que ahora hay mayores dificultades para los contribuyentes.
Con ello, el Alto Tribunal negó tres amparos que promovieron empresas contra dicha reforma. Es de mencionar que entre las más de 400 empresas que interpusieron juicios de amparo se encuentran Ferromex, Grupo Salinas, Herdez, Cinépolis, Chedraui, Nestlé, Grupo Posadas y Bayer.
El gobierno federal argumentó que la compensación universal facilitó la evasión fiscal, mientras que el sector privado reclamó que su eliminación afectó la recaudación y frenó las devoluciones de impuestos.