La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó los párrafos segundo, tercero y cuarto del artículo 256 del Código Penal para el Distrito Federal (hoy Ciudad de México), que aumentaba las penas por conductas ilícitas de los servidores públicos, al violar el principio de taxatividad y exacta aplicación de la ley.
Los ministros consideraron que su contenido generaba incertidumbre al no señalar con claridad los delitos a los que resultarían aplicables las penas adicionales de destitución e inhabilitación ahí establecidas.
Las disposiciones penales de la #CDMX que sancionan conductas ilícitas de los servidores públicos violan el principio de taxatividad y exacta aplicación de la ley y por lo tanto son inválidas: SCJN
\ud83d\udd17 https://t.co/ktFRbjO6hj pic.twitter.com/8yxrYrLloW— Suprema Corte (@SCJN) October 1, 2019
Información relacionada: SCJN actuó conforme a derecho en caso de remoción de Jorge Winckler
Asimismo, señalaron que lo estipulado en el texto invalidado ya estaba contemplado, y con una mejor redacción y técnica legislativa, en el artículo 158 del mismo código.
Es de mencionar que la norma invalidada aún no entraba en vigor, pues en un artículo transitorio se menciona que se aplicaría hasta que se nombrara al fiscal Anticorrupción, lo cual no ha ocurrido.