Sentenciados pueden acceder a beneficios del nuevo sistema: SCJN

Los ministros de la SCJN explicaron que si por disposición legal los sentenciados que fueron procesados conforme al nuevo sistema, podían obtener beneficios preliberacionales contemplados en la Ley Nacional de Ejecución Penal.

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La Suprema Corte de Justicia de la Naci\ón (SCJN) resolvi\ó que las personas que fueron sentenciadas por la comisi\ón de un delito bajo el anterior sistema procesal penal, pudieran solicitar, conforme a sus intereses, los beneficios preliberacionales contemplados en la Ley Nacional de Ejecuci\ón Penal, la cual recoge el actual proceso penal acusatorio.

En este sentido, los ministros de la Primera Sala del Alto Tribunal consideraron que no hay raz\ón para dar un trato desigual a los condenados bajo sistemas procesales distintos, si los beneficios introducidos por la Ley de Ejecuci\ón Penal resultan m\ás favorables al solicitante.

Los ministros determinaron que el art\ículo cuarto transitorio del decreto de reforma constitucional que implement\ó el nuevo sistema de justicia penal, no constitu\ía un l\ímite para otorgar el beneficio de la libertad anticipada.

Explicaron que si por disposici\ón legal los sentenciados que fueron procesados conforme al nuevo sistema, pod\ían obtener beneficios preliberacionales, atendiendo a los principios de igualdad y aplicaci\ón retroactiva de la ley, las personas que fueron condenadas bajo el anterior sistema por los mismos delitos y en los mismos supuestos que aqu\éllos, tambi\én pueden obtener los mismos beneficios en la ejecuci\ón de la pena.