La Comisi\ón Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigi\ó la Recomendaci\ón 84/2018, a la Secretar\ía de Seguridad y Protecci\ón Ciudadana, al gobierno de Guanajuato, a la Comisi\ón Ejecutiva de Atenci\ón a V\íctimas (CEAV), y al Ministerio P\úblico Federal por los hechos en los que un elemento del Servicio de Protecci\ón Federal (SPF) emple\ó arbitrariamente la fuerza p\ública en contra de una persona migrante centroamericana de 23 a\ños, a quien dispar\ó por la espalda dej\ándolo paral\ítico, adem\ás de que se omiti\ó proporcionarle la atenci\ón m\édica.
El 28 de junio de 2013, la v\íctima y un grupo de 10 personas centroamericanas, subieron al tren en la ciudad de Quer\étaro para dirigirse al norte del pa\ís y cruzar la frontera con los Estados Unidos.
Al llegar a la ciudad de Apaseo el Grande, Guanajuato, observaron a un costado del tren a dos elementos de "Protecci\ón Federal Ferroviaria", pertenecientes a la entonces Comisi\ón Nacional de Seguridad, quienes portaban armas largas, por lo que, en cuanto el tren detuvo su marcha, descendieron del mismo y echaron a correr para que no los detuvieran, ocasi\ón en la que los polic\ías los persiguieron. Se escucharon disparos de arma de fuego y momentos despu\és el quejoso se percat\ó de que el agraviado se hallaba tirado en el suelo.
El elemento del SPF al observar al agraviado con una herida en el pecho, le dijo: "no quer\ía darte amigo", posteriormente fue trasladado al Hospital General de Celaya, Guanajuato, donde recibi\ó atenci\ón m\édica.
La CNDH refiri\ó que al haber accionado su arma de fuego en contra de la v\íctima sin justificaci\ón, haciendo uso excesivo de la fuerza p\ública, el elemento del SPF contravino el derecho que tiene toda persona a la seguridad jur\ídica, toda vez que no se trat\ó de una situaci\ón de flagrancia.