La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió que el entonces candidato presidencial de la coalición “Por México al Frente”, Ricardo Anaya Cortés, sí calumnió al empresario José María Riobóo.
Por este motivo, el órgano jurisdiccional le impuso al ex dirigente nacional del PAN una multa de 16 mil 120 pesos y solicitó a la Dirección Ejecutiva de Administración del Instituto Nacional Electoral (INE), que en su oportunidad, informe sobre el pago de la misma.
Al hablar en contra del proyecto, la presidenta de la Sala Especializada, Gabriela Villafuerte Coello, destacó que en este caso no se acredita la calumnia; incluso recordó algunos criterios de la Sala Superior en el sentido de que las personas deben resistir la crítica cuando su actividad está vincula al sector público.
No obstante, la magistrada María del Carmen Carreón consideró que los dichos de Anaya Cortés sí afectaron el honor y reputación del empresario.
Declaran inexiste infracciones por llamadas contra AMLO
Durante la misma sesión, la Sala Especializada declaró inexistentes las infracciones atribuidas a las empresas Intelephone, Focus Investigación y TKM Customer Solutions, así como al PAN, PRI, PRD, PT, Movimiento Ciudadano, Partido Verde, Nueva Alianza, Encuentro Social y al entonces candidato independiente Jaime Rodríguez Calderón, por las llamadas telefónicas que se realizaron durante el periodo de campaña en contra del entonces candidato de la coalición “Juntos Haremos Historia”, Andrés Manuel López Obrador.
Sobre este tema, los magistrados dejaron a salvo los derechos de Morena para que los haga valer por la vía que estime pertinente.