Conceden amparo a persona con VIH para que pueda casarse

La autoridad jurisdiccional precisó que los quejosos no deben ser expuestos al mensaje discriminador de la citada norma en el presente ni en el futuro

Escrito en NACIONAL el

El juez Jaime Páez Díaz, titular del Juzgado Primero de Distrito con residencia en Aguascalientes, concedió un amparo a dos personas, una de ellas portadora de VIH, para que puedan contraer matrimonio.

El impartidor de justicia ordenó a la directora del Registro Civil de la entidad inaplicar la fracción VII del artículo 153 del Código Civil de ese estado, la cual fue declarada inconstitucional.

En la sentencia de amparo, la autoridad jurisdiccional precisó que los quejosos no deben ser expuestos al mensaje discriminador de la citada norma en el presente ni en el futuro.

Subrayó que el impedimento para contraer matrimonio entre personas portadoras del VIH o entre una persona sana y otra portadora, viola el principio de igualdad y no discriminación; atenta contra la libertad individual y el derecho a casarse, derechos que son protegidos por normas constitucionales e internacionales.

Agregó que al negar a las personas con VIH acceder al matrimonio y a los beneficios tangibles e intangibles que son accesibles a las personas que no padecen esa enfermedad, implica tratarlos de manera distinta y discriminatoria.