Al no alcanzar los 8 votos para declarar la invalidez, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dejó vigentes los artículos 35 y 37 de la Constitución de la Ciudad de México respecto a la creación de un consejo ciudadano para la designación de los integrantes del Consejo de la Judicatura y la prohibición para que el presidente del Tribunal Superior de Justicia local encabece dicho órgano colegiado.
Durante la sesión de este jueves, una mayoría de siete ministros se pronunció por invalidar dicho mecanismo, ello al considerar que implica una afectación a la independencia del Poder Judicial local y el principio de separación de poderes, por la supeditación del consejo ciudadano al Poder Legislativo local.
Al hablar a favor del proyecto, el ministro José Ramón Cossío negó que estas disposiciones impliquen una afectación a la autonomía del Poder Judicial; incluso, recordó que el pleno de la Corte es resultado de una mezcla de propuestas del presidente de la República y del Senado.
Sin embargo, el consejo ciudadano deberá integrarse mayoritariamente por miembros de carrera judicial, ya que el Alto Tribunal invalidó el artículo 35, apartado E, numeral 2, el cual disponía que de los siete integrantes del Consejo de la Judicatura local, solo tres serían de carrera judicial. Lo anterior al considerar que ello no era una garantía de independencia judicial.
Sobre este tema, el presidente de la Corte, Luis María Aguilar Morales, aseveró que son los integrantes de la carrera judicial los que entienden la responsabilidad de ser jueces.
En la sesión del lunes 4 de septiembre, el pleno de la SCJN continuará la discusión de los siguientes temas de las acciones de inconstitucionalidad promovidas por la PGR y la CNDH, en contra de diversas disposiciones de la Carta Magna de la Ciudad de México.