La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó la protección federal a un presunto traficante de drogas, contra el artículo 477 de la Ley General de Salud que implica el delito de narcomenudeo.
Esta norma fija un castigo, de tres a diez meses de prisión a quien sea detenido en posesión de marihuana.
Esta disposición se ubica entre los delitos contra la salud en su modalidad de narcomenudeo y sanciona la posesión de narcóticos, en circunstancias en que no esté destinada a comerciarlos o suministrarlos, incluso de forma gratuita.
El proyecto desechado, fue elaborado por la ministra Norma Lucía Piña, quien argumentó que la pena de cárcel por este delito era cruel e inhumana.
Sin embargo, el proyecto de la ministra Piña fue rechazado por la mayoría, por lo cual el asunto fue retornado.