La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación revocó la sentencia emitida por la Sala Especializada que declaró inexistentes las infracciones atribuidas al PAN por incluir, sin autorización, el logotipo de Foro TV en un promocional.
Los magistrados establecieron que con dicha inclusión se causa confusión al electorado, al presentar propaganda electoral sin exponer el contexto original del noticiero del cual tomó el fragmento para elaborar su promocional
Asimismo, consideraron que la inclusión en la propaganda electoral del emblema que identifica al canal de noticias afecta a la persona moral que ejerce el periodismo, porque se genera una identificación que vincula su actividad con la postura de un partido ante un tema en particular.
El Pleno señaló que, si bien los partidos pueden usar la información difundida en medios de comunicación y retomar para el debate público temas de interés general abordados por las y los periodistas, deben tener especial cuidado con los contenidos de promocionales de propaganda político electoral a fin de no afectar la labor periodística ni al derecho de la ciudadanía de a estar debidamente informados.