La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que las impugnaciones presentadas por Ernesto Cordero Arroyo, Eufrosina Cruz Mendoza y Jorge Luis Lavalle, en contra de su expulsión deben ser atendidas, en primera instancia, por la Comisión de Justicia del PAN.
En sesión privada, los magistrados determinó que lo procedente es reencauzar el medio de impugnación a dicha comisión, para que, en un plazo razonable, resuelva lo que en Derecho corresponda.
Asimismo, precisaron que no se presentan las condiciones para que proceda el per saltum (es decir, el conocimiento directo del asunto por la Sala Superior), toda vez que no se advierte que el agotamiento de recurso partidista pueda mermar o extinguir de manera irreparable los derechos involucrados en la controversia.
En sus juicios ciudadanos, Cordero Arroyo, Cruz Mendoza y Luis Lavalle argumentaron que su expulsión fue ilegal, ya que el órgano partidista no tenía competencia para instruir el procedimiento sancionatorio.
Agregaron que en su desarrollo se violó el principio de taxatividad de las normas por las cuales se le sancionó, y se vulneraron en su perjuicio los derechos de libertad de expresión, voto y no discriminación, ya que se le juzgó por haberse expresado en contra del dirigente nacional con licencia del PAN y manifestar que el sentido de su voto no sería a favor de Ricardo Anaya.