La Cámara de Diputados publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el decreto a través del que se crea el Sistema de Evaluación de Diputados; así como el Reglamento de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales de la Cámara de Diputados.
Los ordenamientos tienen como fin valorar el desempeño de los legisladores, y garantizar el cumplimiento de las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información generada en el recinto.
En el caso del Sistema de Evaluación, propuesto por el presidente de la Mesa Directiva, Edgar Romo, el ordenamiento entrará en vigor este miércoles 9 de mayo.
Consiste en la implementación de un sistema de medición y evaluación de la labor parlamentaria, incluyendo el trabajo dentro y fuera del recinto. Los datos que ese mecanismo arroje se publicarán al finalizar cada periodo ordinario de sesiones.
El Sistema será implementado a través de un Consejo Coordinador que funcionará como órgano colegiado, de carácter consultivo, informativo y con participación ciudadana. A esa instancia pertenecerán el presidente de la Cámara, un integrante de cada grupo parlamentario y de los diputados independientes, el Secretario General y el Secretario de Servicios Parlamentarios.
Se sumarán los titulares de la Unidad de Transparencia, del Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias y del Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública; representantes de universidades; de la sociedad civil y empresarios; así como invitados expertos en evaluación y un representante de la Auditoría Superior de la Federación (ASF).
El Consejo determinará los elementos cualitativos y cuantitativos a medir con respecto al desempeño de los diputados; el método e indicadores para medir; los plazos y periodicidad de las evaluaciones; su difusión; así como las normas para mejorar el desempeño.
En cuanto al Reglamento de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, los diputados establecieron que deberá apegarse a las leyes General y Federal de Transparencia, y la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados.
Afirmaron que ese instrumento tiene como fin evitar deficiencias y vicios en el manejo de la información que se genera en el recinto, así como “erradicar” la práctica del ocultamiento de información.
Regulará la disposición y actualización de datos, su accesibilidad, su publicación en el portal de Transparencia de la Cámara y la presentación de reportes de los grupos parlamentarios.
Prevé normas para garantizar el derecho de acceso a la información, el procedimiento para ello, la protección a datos personales, las condiciones en que se clasificará la información, los periodos de reserva y los casos en que los datos generados se “desclasificarán”.