El Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal revocó, por unanimidad, el acuerdo por el que el Juez Décimo de Distrito de Amparo desechó la demanda del empresario Manuel Barreiro para que la Procuraduría General de la República (PGR) reconozca a sus abogados y puedan acceder a la carpeta de investigación que se inició por el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita.
De acuerdo con la resolución del recurso de queja penal 49/2108, los magistrados Alejandro Gómez Sánchez, Mario Ariel Acevedo Cedillo y José Alfonso Montalvo Martínez, ordenaron al juez de la causa admitir el juicio de garantías promovido por el quejoso.
Argumentaron que no comparten “el pronunciamiento del juez de amparo al pretender que la presentación del juicio constitucional debe estar precedida por el reconocimiento por parte de la autoridad responsable de la personalidad del promovente, porque en esas condiciones, le representa un mayor perjuicio esa determinación que el acto reclamado en sí mismo, ya que le impide acceder a un medio de impugnación contra el acto de autoridad lesivo de sus derechos”.
Es de mencionar que la PGR no tuvo por reconocida la personalidad de los abogados como defensores de Barreiro Castañeda, así como de su esposa Ana Paula Ugalde y del empresario Juan Pablo Olea, al argumentar que existía incertidumbre en la identidad.
A su vez, el juez Décimo de Distrito desechó la demanda porque consideró que los abogados, quienes promovieron el juicio a nombre de los interesados, no pueden ostentarse como representantes porque el ministerio público no les reconoció esa personalidad.