La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la sentencia de la Sala Regional Especializada (SRE), mediante la cual le impuso al PAN una multa de 377 mil 450 pesos por el uso indebido de la pauta para responder a la información publicada por el periódico El Universal.
La resolución fue impugnada por el rotativo, al argumentar que debió imponerse una sanción ejemplar, tratándose de una conducta que alteró el modelo de comunicación política; vulneró la libertad periodística y violó el principio de equidad en la contienda, elementos que no fueron considerados por la Sala Especializada.
Al resolver el recurso, la Sala Superior determinó que la autoridad responsable cumplió con lo ordenado, tomando en cuenta los razonamientos expresados en la citada ejecutoria y, con base en ello, procedió a determinar la calificación de la conducta y la individualización de la sanción, considerando las circunstancias que rodearon la contravención a la norma.
Respecto de los agravios expuestos por El Universal, los magistrados señalaron que la sola circunstancia de cometer una falta que sea calificada como grave, y en este caso grave ordinaria, no trae como consecuencia inminente y directa el que se sancione al infractor con la pena más severa en su tope máximo ya que si ése fuese el caso, el legislador no hubiese dejado abierta la posibilidad entre diversas sanciones.
Asimismo, consideraron que las violaciones a la libertad periodística y a la equidad de la contienda fueron analizadas por la propia Sala Superior, por lo que no era necesario que la responsable las estudiara de nueva cuenta.