El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó al Servicio de Administración Tributaria (SAT) entregar la información relacionada con la empresa Campimend Comercializadora, a la que se le pagaron 5.5 millones de pesos para el diseño y elaboración de carros alegóricos.
Dicha firma es señalada como una de las empresas fantasmas que se crearon en Veracruz durante la administración de Javier Duarte de Ochoa.
El SAT negó a un particular la información bajo el argumento de que se trata de información reservada.
Al respecto, la comisionada Patricia Kurczyn consideró que se si bien se trata de información reservada, en este caso, al estar recursos públicos involucrados y al tratarse de una empresa que para efectos fiscales es inexistente, el interés público es mayor al bien protegido por la reserva y por tanto la información debe ser entregada.
“La apertura de la información que se solicita tiene un fin constitucionalmente válido que es el derecho que tiene toda la sociedad de acceder a información sobre el ejercicio y destino de recursos públicos por parte de órganos del Estado, máxime si en dicho ejercicio se presume que existen irregularidades, lo que conlleva a la rendición de cuentas por parte de dicho organismo público sobre su actuación y exigibilidad de que las conductas constitutivas de hechos que contraviene al marco jurídico no queden impunes o al margen de discrecionalidad”.
Asimismo, mencionó que el acceso a la información juega un papel fundamental para fortalecer la democracia y a las instituciones.
“El papel fundamental que juega el derecho de acceso a la información en asuntos como éste, en el que no sólo permite dar a conocer el actuar de los entes del estado, tanto de quien recibe y ejerce recursos públicos, como aquel que verifica que los mismos hayan sido ejercidos en el marco de la legalidad, investigando posibles irregularidades cometidas en detrimento de la Hacienda Pública, lo que permite un ejercicio de rendición de cuentas, que sin duda debe fortalecer la democracia y la legitimidad de las instituciones”.
Ante ello, el INAI ordenó al SAT entregar al particular copia certificada de los oficios del 12 de abril y del 1 de diciembre de 2017, además de que deberá realizar una búsqueda en la Administración Central de Gestión de Servicios y Trámites con medios electrónicos de las operaciones que se hayan resuelto por esa autoridad como inexistentes y las facturas que aparan dichas operaciones realizadas por la empresa Campimend Comercializadora, mismas que deberá entregar al solicitante.