La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) rechazó declarar la nulidad de la etapa de recolección de apoyos ciudadanos para los aspirantes independientes a la Presidencia de la República.
Durante la sesión de este jueves, los magistrados confirmaron el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) en el que se declaró incompetente para atender la solicitud formulada por Pedro Ferriz de Con.
La presidenta del Tribunal, Janine Otálora Malassis, explicó que los argumentos que presentó el comunicador impidieron a la Sala Superior entrar al fondo del tema.
“En el proyecto no se hace un pronunciamiento sobre si el INE es o no competente para contestar petición formulada por el ciudadano, sino que el tema es la manera en la que la demanda y los motivos de inconformidad de la misma han sido planteadas, ya que el actor no logra, con sus agravios, desvirtuar la declaración de incompetencia que hace el INE, lo que impide a esta Sala entrar al fondo del tema”.
Otálora Malissis explicó que para ello era necesario que Ferriz de Con expusiera las razones por la cuales la autoridad si tenía facultades para anular el proceso.
“Para poder hacerlo, hubiera sido necesario que el actor expusiera las razones por las que el INE sí tenía facultades para anular etapa de apoyos ciudadanos. No se desprende de la demanda que el actor exponga las razones por las que la normativa constitucional y legal invocada por la autoridad responsable para sustentar su decisión no resulta aplicable en un sentido contrario al que ella misma expone”.
Por unanimidad, los magistrados señalaron que el aspirante a la candidatura independiente a la Presidencia de la República también presentó motivos ineficaces para acreditar que la aplicación para recolectar los apoyos ciudadanos permitió ingresar documentos y datos falsos.