A trav\és de su Consejeria Jur\ídica, la Presidencia de la Rep\ública interpuso un recurso de reclamaci\ón contra la suspensi\ón de la Ley de Remuneraciones otorgada por la Suprema Corte de Justicia de la Naci\ón (SCJN).
“La Consejer\ía Jur\ídica del Ejecutivo Federal, en representaci\ón del Presidente de la Rep\ública, interpuso recurso de reclamaci\ón en contra de la suspensi\ón otorgada, por considerar que el art\ículo 64 de la Ley Reglamentaria de las fracciones I y II del art\ículo 105 de la Constituci\ón Pol\ítica de los Estados Unidos Mexicanos, expresamente indica que la admisi\ón de una acci\ón de inconstitucionalidad, no da lugar a la suspensi\ón de la norma cuestionada”, se detalla en un comunicado.
Al destacar el argumento en el recurso del Ministro Instructor que otorg\ó la suspensi\ón considerando que los efectos de las normas cuestionadas podr\ían afectar los derechos humanos de terceros, para la Consejer\ía Jur\ídica, "esa interpretaci\ón desatiende los requisitos procedimentales expresos que establece la propia Ley Reglamentaria".
Tambi\én considera que la suspensi\ón concedida se fundament\ó "incorrectamente" en el art\ículo 59 de la Ley Reglamentaria, que establece que para el tr\ámite de acciones de inconstitucionalidad, en lo que no se encuentre previsto, se aplicar\án las disposiciones relativas a las controversias constitucionales.
No obstante, el art\ículo 64 de la citada Ley, s\í prev\é la figura de la suspensi\ón y al respecto, dispone que no procede la misma en acciones de inconstitucionalidad, detalla Presidencia de la Rep\ública en el comunicado que posteriormente refrend\ó el Consejero Jur\ídico Julio Scherer Ibarra.
La suspensi\ón concedida se fundament\ó incorrectamente en el art\ículo 59 de la Ley Reglamentaria, que establece que para el tr\ámite de acciones de inconstitucionalidad, en lo que no se encuentre previsto, se aplicar\án las disposiciones relativas a las controversias constitucionales.
El comunicado resalta que la Comisi\ón Nacional de los Derechos Humanos promovi\ó la Acci\ón de Inconstitucionalidad 105/2018, ante la Suprema Corte de Justicia de la Naci\ón, en contra de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores P\úblicos, as\í como de la reforma al C\ódigo Penal Federal, publicados en el Diario Oficial de la Federaci\ón el pasado 5 de noviembre.
Con posterioridad, recuerda la Consejer\ía Jur\ídica de Presidencia,\ un grupo de Senadores de la Sexag\ésima Cuarta Legislatura del Congreso de la Uni\ón promovieron otra acci\ón de Inconstitucionalidad bajo el n\úmero 108/2018 en contra de dicha Ley y reforma.
El d\ía 7 de diciembre, el Ministro instructor Alberto P\érez Day\án, concedi\ó la suspensi\ón solicitada en la acci\ón de inconstitucionalidad promovida por los legisladores, para el efecto de que las remuneraciones que perciban los servidores p\úblicos de los Poderes de la Uni\ón y de todos los dem\ás entes p\úblicos para el Ejercicio de 2019, no sean fijadas en t\érminos de la Ley reclamada, sino exclusivamente por lo dispuesto en los art\ículos 75, 94 y 127 de la Constituci\ón Federal, as\í como tercero transitorio del Decreto de reforma constitucional publicado en el 24 de agosto de 2009, hasta en tanto se resuelva el fondo de la controversia, apunta el comunicado.