El juez Juan Pablo Gómez Fierro, titular del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Administrativa, desechó la demanda de amparo que interpuso el Partido Nueva Alianza (Panal) para impugnar el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) mediante la que se aprobó la pérdida de su registro, al no obtener el 3 por ciento de la votación válida emitida.
El impartidor de justicia resolvió que el amparo, con el que buscaba cuestionar la Constitucionalidad de los artículos 94 al 96 de la Ley General de Partidos Políticos, es notoriamente improcedente, ya que este recurso está prohibido para impugnar leyes electorales o actos del INE.
El juez Gómez Fierro explicó que la norma general y acto reclamado deben considerarse de contenido materialmente electoral, ya que al margen de su denominación, los artículos combatidos involucran los derechos y prerrogativas de los partidos políticos que cuenten con registro ante la autoridad electoral.
Nueva Alianza puede impugnar la resolución del juez ante un tribunal colegiado de circuito, aunque existen mínimas posibilidades de que su demanda sea admitida.