La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó a la Sala Especializada emitir una nueva resolución en la que sancione de forma individualizada a la organización Mexicanos Primero y a las empresas involucradas en la difusión del spot “¿Y si los niños fueran candidatos?”.
La mayoría de los integrantes de la Sala Superior consideraron que dicha organización, así como Uno y Medio Publicidad México; Televisa; Televisora Durango, y XEIX, violaron el modelo de comunicación política que prohíbe a particulares adquirir tiempos en radio y televisión; no obstante, la Sala Especializada solo les impuso una sanción consistente en una amonestación pública.
Ante ello, argumentaron que en este caso no se dio la contratación indebida de tiempos en radio y televisión, ya que el spot no constituye propaganda electoral, y que, además, contaban con las autorizaciones necesarias para la aparición de los menores de edad.
Sin embargo, la presidenta de la Sala Superior, Janine Otálora Malassis, afirmó que el material denunciado si constituye propaganda electoral.
La Sala Superior señaló también que los responsables por la difusión del promocional no informaron adecuadamente a los niños, quienes, por su edad, estaban en posibilidad de dar o negar su consentimiento a partir de una ponderación de las consecuencias de su aparición.
En este sentido, se consideró que el consentimiento de los padres no es suficiente, ya que es indispensable contar con el consentimiento informado de los menores.