SCJN declara inconstitucional que medios califiquen réplicas como ofensivas

Los ministros consideraron que esta valoración no puede dejarse al arbitrio de los sujetos obligados.

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Al continuar con la discusión del proyecto del ministro Javier Laynez Potisek sobre la constitucionalidad de la Ley Reglamentaria del Derecho de Réplica, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalido la fracción IV del artículo 19, que permitía a los sujetos obligados negarse a publicar una réplica cuando su contenido fuera ofensivo o contrario a las leyes.

Al respecto, la ministra Margarita Luna Ramos argumentó que esta fracción podría hacer nugatorio el ejercicio del derecho de réplica de manera injustificada, toda vez que los medios de comunicación y otros sujetos emisores de información no son peritos que pudieran determinar cuándo una réplica es “contraria a las leyes”.