Corte admite impugnaciones contra Ley de Extinción de Dominio de la CDMX

La SCJN turnó al Ministro Zaldívar el procedimiento y elaborará la sentencia correspondiente.

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite las acciones de inconstitucionalidad que promovieron, por separado, la Procuraduría General de la República (PGR) y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) para demandar la invalidez de diversos artículos de la Ley de Extinción de Dominio para la Ciudad de México.

Las dos demandas fueron acumuladas en virtud de existir identidad respecto del decreto combatido, y fueron turnadas al Ministro Zaldívar, quien será el instructor del procedimiento y elaborará la sentencia correspondiente.

En el acuerdo de admisión se ordenó notificar a la Asamblea Legislativa y al Jefe de Gobierno, para que rindan su informe dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al en que surta efectos la notificación.

En estos informes, las autoridades señaladas como responsables deberán enviar copia certificada de los antecedentes legislativos de la norma impugnada, así como un ejemplar la Gaceta Oficial en la que se haya publicado dicha norma.

En su escrito de demanda, la PGR impugnó los artículos 2, fracción XVIII; 4, párrafo quinto, y 5, segundo párrafo, que establecen las condiciones para que proceda la acción de extinción de dominio.

A su vez, la CNDH reclamó la invalidez del artículo 39, tercer párrafo, en la porción que establece: ‘Contra el auto que admita el ejercicio de la acción no procede recurso alguno’.